#AI3# Por favor, expertos, ¿es cierto que en el comercio al contado previo al mercado, si vendo moneda debo acuñar, de lo contrario es inválido? Entiendo más o menos el comercio OTC previo al mercado, que es el comercio fuera de intercambio; si compro moneda y la otra parte no me da la moneda, me compensarán el dinero que gasté en la compra de la moneda. Ahora estoy comprando al contado previo al mercado, ¿necesito acuñar? O si solo lo retengo, ¿me darán moneda en proporción cuando esté listado? Por favor, expertos, asesoren un poco, porque estoy un poco confundido y no sé qué hacer con esta mo